529 - Boletín de circulación y frenado

1. Se establece, para todos los trenes por el Jefe de circulación de la estación de origen del tren o de aquella donde se modifique su composición. Existe un modelo de BCF exclusivamente para “AUTOMOTORES” y otro general que puede ser utilizado por cualquier clase de tren. 


2. En la parte inferior del modelo general, hay espacios destinados a las firmas de los Maquinistas que sucesivamente lleven la conducción del tren, de los Jefes de circulación que establecen o modifican el BCF en estaciones intermedias y de los Agentes de material remolcado que hayan intervenido en las pruebas de régimen especial. En las estaciones donde se realice la prueba del freno en régimen especial el Agente de material remolcado, una vez terminada la prueba con resultado normal, inscribirá la clase de la misma (C, completa o P, parcial), la estación donde se efectúe y una vez firmado lo entregará al Jefe de Circulación. 


3. El modelo para automotores puede ser utilizado para todos los trenes que tengan asignados el material cada jornada. En las dependencias donde la prueba de frenado a los automotores se realice durante el periodo de toma del servicio, por otro agente que no sea el Maquinista del tren, una vez terminadas las mismas con resultado normal, se procederá a rellenar la casilla “clase de prueba” (C, completa, P, parcial) y una vez firmado en la casilla (Observaciones) lo entregará al Jefe de circulación. 


4. Si como consecuencia de la prueba del freno, hubiera que modificar los datos del BCF, el Maquinista o Agente de material remolcado informará al Jefe de circulación de los cambios habidos y éste procederá a rellenar la línea siguiente con los datos corregidos, repitiendo el nombre de la estación donde este cambio tuvo lugar. 

Cuando falten líneas o espacios para rellenar los datos, se establecerá un nuevo BCF. 

Para la expedición de trenes desde dependencias sin personal donde estos se originen o donde se haya modificado su composición, se procederá, en lo que a la confección y entrega del BCF respeta de acuerdo con alguna de las siguientes posibilidades: 

  •    Se confeccionará y entregará al Maquinista designado para realizar el tren, en una estación donde éste se presente           previamente. 
  •    Se enviará confeccionado al Maquinista por cualquier medio de comunicación disponible( fax, Propio, etc.). 
  •    Se cursarán al Maquinista por telefonema los datos necesarios para circular hasta una estación posterior donde se haga entrega del BCF. 

Si en algún caso el Maquinista, al comprobar la composición constatase diferencias entre los datos previamente recibidos y la situación real, por avería o inutilidad en algún vehículo, recabará la oportuna rectificación de dichos datos y si la comunicación no es posible, actuará con los mismos criterios que se señalan en el art. 524 



A continuación se muestran 2 Boletines de Circulación y frenado, uno de Automotores y otro de trenes en general.


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